Registro de Personas en Hoteles y la Protección de Datos

grabacion de llamadas

Cómo funciona el registro de viajeros en Hospedajes y la Protección de Datos

Tratamiento de Datos Personales en Hospedajes:

Según la Orden INT/1922/2003, de 3 de julio sobre libros de registro y partes de entrada de viajeros en establecimientos el modelo para rellenar los datos del viajero sería según el documento: Datos del Viajero

Cesión de Datos por Obligación Legal a las Fuerzas del Estado de los Viajeros:

Estos datos deben ser compartidos con las fuerzas del estado dentro de las 24 horas de la confirmación del hospedaje y toma de datos del viajero. Existen por ejemplo sitios como:

Comunicación de Datos: D.G.P.

  • Manual de uso de la comunicación de datos personales del viajero a la webpol.policia

Hospederias de la Guardia Civil

Canales de comunicación según el Ministerio del Interior

Duración del Guardado de los Datos de los Viajeros en Hospedajes:

Ficheros con datos personales del ciudadano:

Los datos personales en los ficheros creados deben ser conservados durante tres (3) años y estar a disposición de las Fuerzas del Estado.

Esquema del registro de ficheros:

  1. Alta al tratamiento de datos personales lo realiza una empresa privada en su establecimiento
  2. La empresa privada, deben conservar dichos datos cumpliendo con la confidencialidad, integridad y disponibilidad en su empresa privada
  3. La empresa privada, debe ceder los datos en las primeras 24h a la empresa pública cumplimiento con la confidencialidad, integridad y disponibilidad

A partir de este momento existen dos custodias de los datos personales del ciudadano en el registro de ficheros de datos personales:

  1. Empresa privada donde el ciudadano se ha alojado
  2. Empresa pública donde se realiza una cesión por imperativo legal

¿Quién puede consultar estos datos personales?

  1. Las personas que tienen acceso en la empresa privada, donde se realizó el hospedaje (supuestamente este hospedaje cumplirá con la protección de datos y las leyes vigentes)
  2. Las personas que tienen acceso en las administraciones públicas

¿Cómo puede una tercera persona penetrar para confirmar un registro de ficheros?

  1. Presentando una «Denuncia en la Policía Nacional o Guardia Civil» para llegar a la base de datos de estos ficheros
  2. La empresa privada si cumple la legalidad no puede ceder estos datos si no los peticiona las fuerzas del estado

¿En qué supuestos las fuerzas del estado, policía nacional o la guardia civil pueden peticionar estos datos personales a la empresa privada sin una orden judicial?

  1. El ciudadano ha de garantizarlo por si mismo, comunicando a la empresa privada que aún abriéndose una investigación, no deben ceder sus datos personales del registro de ficheros aún peticionándolos las fuerzas del estado, sin una orden judicial
  2. El ciudadano ha de garantizarse por si mismo, que queda una constancia y una comunicación previa a la empresa privada donde se ha hospedado para que el personal que trabaja en la misma quede informada con carácter inmediato
  3. El ciudadano debe saber que aunque exista un Reglamento Europeo de Protección de Datos y una Ley Orgánica, no todos los establecimientos implementan la protección de datos o de forma correcta y ha de salvaguardar su situación personal
  4. Solicítenos más información, tomando contacto con nosotros

Objeto del guardado de los datos personales del viajero en hospedajes:

El artículo 12 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana, desarrolla la importancia del registro documental e información a disposición del estado.

El artículo 45 del Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen, de 19 de junio de 1990, nos habla de adoptar las medidas para controlar a los viajeros en los establecimientos de hospedaje.

Existen otros decretos que usted puede leer en la Orden INT/1922/2003, de 3 de julio, Ministerio del Interior o en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de Marzo

Normativas de Hospederías:

ORDEN INT/1922/2003 de 3 de julio SOBRE LIBROS-REGISTRO Y PARTES DE ENTRADA DE VIAJEROS EN ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA Y OTROS ANÁLOGOS

DECRETO 1513/1959, de 18 de agosto DOCUMENTOS REFERENTES A LA ENTRADA DE VIAJEROS EN ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA

RESOLUCIÓN DE 14 de julio, de la Secretaría de Estado de Seguridad TRANSMISIÓN DE FICHEROS INFORMÁTICOS – CARACTERÍSTICAS

DECRETO 393/1974, de 7 de agosto SOBRE IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO

ARTÍCULO 25 LEY ORGÁNICA 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.

ORDEN INT/502/2003, de 21 de febrero SOBRE CREACIÓN DE UN FICHERO PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN ENVIADA POR LAS INSTALACIONES HOTELERAS A LA GUARDIA CIVIL, EN LA PREVENCIÓN E INVESTIGACIÓN DEL TERRORISMO Y DE OTRAS FORMAS GRAVES DE DELINCUENCIA ORGANIZADA (PARTEVIAJE), EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL

Creación del fichero de los datos personales del viajero:

Según la Orden INT/502/2003, de 21 de febrero, sobre creación de un fichero para el tratamiento de la información enviada por las instalaciones hoteleras a la Guardia Civil

¿Quién puede consultar los datos de un viajero en hotel?

La denuncia a una persona para confirmar si ha disfrutado de un hospedaje atenta a la intimidad de la persona. Consultar los datos en las bases de datos transmitidas de una empresa privada a una empresa pública, implica estar acreditado y que exista una denuncia para abrir una investigación.

También podemos comunicar al hospedaje que no tiene autorización para la cesión de nuestros datos personales a ninguna fuerza del estado sin una orden judicial.

Las fuerzas del estado si reciben una denuncia pueden abrir una investigación si lo consideran. Un juez, que es quien tramita una orden judicial es la persona que va dar acceso o denegar este acceso a las fuerzas del estado.

Grabaciones de imágenes del ciudadano:

Las grabaciones de imágenes deben conservarse sólo treinta (30 días) a menos que se peticionen durante ese periodo. En todo caso, las grabaciones de imágenes, deben ser extraídas por un profesional acreditado siguiendo las políticas de seguridad, si queremos que dichas imágenes cumplan con las leyes vigentes para que nadie tumbe la prueba en un juzgado por el tipo de extracción mal realizada.

No deberían ser extraídas las imágenes por personal no cualificado aunque las solicite las fuerzas del estado.

Las grabaciones no pueden compartirse con terceras personas en ningún momento. Los hospedajes deben contar con formación e información suficiente hacia sus trabajadores en materia legal.

Solicita más información

Comparte:

Otros Posts